La Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (la “Política“) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo del 2020 fue sujeta a diversos litigios debido a su controversial contenido.

La Política, basada en la emergencia sanitaria, frenaba el despacho de la energía eléctrica renovable al Sistema Eléctrico Nacional de manera indefinida por su supuesta poca confiabilidad, lo que le daba prioridad a la generación eléctrica de CFE a pesar de que implique mayor contaminación y mayor costo al usuario final.

La controversia constitucional 89/2020, promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica tuvo un rol protagonista dado que la Corte otorgó, como resultado de la misma, la suspensión de la Política con efectos generales desde junio de 2020.

  El Presidente – a través del Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo Federal – interpuso un recurso de reclamación en contra de la resolución que la otorgó.

No obstante lo anterior, la Corte determinó de manera unánime que el recurso de reclamación presentado por el Poder Ejecutivo era infundado y el 21 de octubre de 2020 la Suprema Corte de Justicia confirmó la suspensión de la Política. Estimamos que el proceso sea resuelto de manera definitiva en aproximadamente un año.

Por otro lado, a inicios de noviembre de 2020 se dió a conocer la sentencia definitiva del juicio de amparo interpuesto por EGP Magdalena Solar –una de la varias empresas renovables que impugnaron la Política-. Dentro de la resolución, el juez consideró que la Política es una afectación a la competencia, además de que se incumplió con requisitos regulatorios; en consecuencia determinó la suspensión de la Política para efectos generales.

Como consecuencia de lo anterior, la Política se deja sin efectos y no formará parte del marco regulatorio de la industria eléctrica y los sujetos relevantes del sector podrán continuar operaciones como si dicha Política nunca hubiera sido publicada. Tal efecto pudiera ser alterado en caso de que SENER interponga recursos posteriores que modifiquen el sentido de la sentencia

Originally Published by Mayer Brown, November 2020

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