El pasado 24 de enero del presente año, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ("SEMARNAT") junto con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes ("SICT"), la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano ("SEDATU"), así como la Secretaría de Salud, publicaron en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo ("DOF") el convenio modificatorio de coordinación por el que se crea la Comisión Ambiental de La Megalópolis, en lo sucesivo (la "Comisión").

A continuación, las cláusulas que fueron modificadas:

Convenio de Coordinación por el que se crea la Comisión Ambiental de la Megalópolis
Cláusula Contenido
Primera

Se agrega a la definición de la Comisión como un órgano colegiado de coordinación.

En esta misma clausula se incorporan objetivos que tendrá la comisión, los cuales son: (i) protección y mejoramiento de los recursos naturales; (ii) preservación y restauración del equilibrio ecológico considerando su intervención con el transporte; (iii) el desarrollo urbano; y (iv) la salud en la zona.

Segunda Se incorpora el estado de Querétaro como territorio de la Megalópolis.
Quinta

Se agregan integrantes al órgano de gobierno, el cual tiene como función la operación, administración y funcionamiento de la Comisión.

Se integran a dicho órgano:

El titular de Salud.

El titulas de la SEDATU.

El titular de SICT.

El gobernador del Estado de Querétaro.

Sexta

a) Las sesiones ordinarias deberán llevarse a cabo por lo menos dos veces al año.

b) Se requerirá por lo menos 6 integrantes para que sesione válidamente el órgano de gobierno.

f) Para cada sesión, el coordinador ejecutivo levantará el acta correspondiente, en la cual se hará constar el informe de las actividades realizadas, así como los acuerdos tomados y aprobados. Dichos acuerdos deberán estar firmados por los integrantes del órgano del gobierno que asistieron a la sesión y por el coordinador ejecutivo. Se le delega la facultad al coordinador ejecutivo de remitir un ejemplar del acta dentro de los veinte días hábiles siguientes al de la sesión celebrada a todos los integrantes de dicho cuerpo colegiado.

h) Los asuntos que se presenten para autorización del órgano del gobierno deberán contar con la previa manifestación de las áreas técnicas de cada una de las partes.


Conclusiones

Entre las modificaciones relevantes al convenio, destaca la constitución de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, cuyo objetivo es llevar a cabo la planeación y ejecución de acciones en materia de protección al ambiente, a los recursos naturales, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en las zonas integrantes de la Megalópolis, entre las cuales ahora también se encuentra Querétaro.

* Con especial agradecimiento a Paula Maria De Uriarte˘ y Samantha Ariday De Luis ˘ por su colaboración en esta Alerta GT.
˘ Pasante.

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