El 29 de mayo del presente la Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo mediante el cual modifica el diverso de fecha 26 de marzo de 2020, a través del cual se suspendieron, por causas de fuerza mayor, ciertos términos, así como la recepción de trámites de manera presencial con la finalidad de evitar la propagación del virus COVID-19.

Como lo informamos en nuestro Flash Informativo 2020-10, el pasado 26 de marzo de 2020 la SE suspendió la recepción de documentación de manera física dentro de sus trámites, dando preferencia a la recepción de documentación de manera electrónica, para lo cual habilitó diversas direcciones electrónicas institucionales con el objetivo de continuar operando de manera regular. En este sentido, mediante el Acuerdo que nos ocupa, se extiende hasta el 15 de junio de 2020 la modalidad de trabajo remoto que ha sido implementada por la citada Dependencia.

Por lo que hace a la Unidad de Prácticas Comercial Internacionales (UPCI), es importante recordar que sus plazos y términos legales no han sido suspendidos, para lo cual se habilitó la dirección electrónica upci@economia.gob.mx con la finalidad de recibir documentación. Mediante el Acuerdo que nos ocupa se prorroga dicho esquema de trabajo remoto para la citada Unidad hasta el 15 de junio de 2020, reiterando que los plazos y términos legales continuarán corriendo de manera normal y únicamente se admitirán promociones que sean presentadas de manera electrónica.

Asimismo, el Acuerdo dispone que las obligaciones de entrega de información ante la Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e inversión en el Sector Energético, así como la información de comprobación de ejecución de obras y trabajos conforme al artículo 28 de la Ley Minera, cuyo vencimiento sea del mes de abril, mayo y junio, se podrán presentar dentro de los 30 días naturales siguientes al término de la vigencia del Acuerdo en horas y días hábiles, es decir a partir del día 15 de julio de 2020.

Es importante señalar que el citado Acuerdo estará vigente hasta el próximo 15 de junio de 2020, no obstante ello, su vigencia podrá concluir de manera anticipada en caso que la autoridad sanitaria determine, conforme al sistema de semáforo por regiones dado a conocer el 14 de mayo por la Secretaría de Salud, que el riesgo epidemiológico de la zona geográfica donde la Secretaría de Economía tiene su domicilio, ya no se encuentra a nivel máximo.

Por último, se informa que una vez concluida la vigencia del citado Acuerdo, las unidades administrativas de la SE deberán continuar priorizando hasta el 31 de julio de 2020, el trabajo remoto en casa para los servidores públicos, el uso del correo electrónico como medio de comunicación y notificación, así como el uso de los medios electrónicos para la celebración de comités y reuniones.

Mayo 2020

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