El 28 de julio de 2020 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "DÉCIMO SEGUNDO AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER MODIFICACIONES A LOS LINEAMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN GRADUAL HACIA LA NUEVA NORMALIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO", a través del cual se modificó el numeral DÉCIMO TER de los Lineamientos a los que hicimos referencia en nuestra flash legal administrativo número (2020-12), estableciendo ahora que la obligación de realizar a su costa, pruebas semanales de detección del virus SARS-CoV2 en RT-PCR de reacción en cadena de polimerasa, autorizadas por las autoridades sanitarias para diagnosticar COVID-19 estará a cargo de los establecimientos cuya plantilla laboral sea de 100 personas o más y que dichas pruebas se realizarán, por lo menos al 3% de la totalidad de la plantilla que se encuentre laborando de manera física en cada centro de trabajo.

Cabe recordar que, hasta antes de la publicación del Aviso que nos ocupa, esta obligación se encontraba prevista a cargo de los establecimientos cuya plantilla laboral era de 30 personas o más y las pruebas deberían realizarse, por lo menos, al 5% de la totalidad de la plantilla que se encontrara laborando físicamente en cada centro de trabajo.

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