El 14 de enero de 2019 ha sido presentado a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019 aprobado por el Consejo de Ministros. En el ámbito tributario se adoptan varias medidas encaminadas a reducir las tasas de déficit y endeudamiento de la economía española.

A continuación, se recogen de forma resumida las principales novedades fiscales incluidas en el Proyecto de Ley de Presupuestos General del Estado.

  1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ("IRPF")

    1. Subida de dos puntos para las rentas del trabajo superiores a 130.000 euros y de cuatro puntos a partir de 300.000 euros.
    2. Asimismo, para las rentas del capital, se incrementan cuatro puntos el tipo del IRPF para las rentas del ahorro superiores a 140.000 euros.
  2. Impuesto sobre Sociedades ("IS")

    1. Una rebaja del tipo en Sociedades del 25% al 23% para aquellas entidades que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior al millón de euros en el periodo impositivo anterior.
    2. Se establece un tipo mínimo del 15% sobre la base imponible para las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea al menos de 20 millones de euros o que tributen en el régimen de consolidación fiscal. El tipo de tributación mínima será del 18% para aquellas compañías que cuentan con un tipo agravado del 30% en el IS, y del 10% para las entidades de nueva creación que tributen al tipo de 15%. Esto supone que, como resultado de la aplicación de las deducciones, no se puede rebajar la cuota líquida por debajo de dicho importe.
    3. Reducción de 100% a 95% de la exención sobre dividendos y plusvalías.
    4. Se anticipa al ejercicio 2019 el impacto de alguna de las modificaciones, para lo cual se elevan los porcentajes aplicables para el cálculo de los pagos fraccionados.
    5. Se introduce una nueva deducción vinculada a la incorporación de mujeres a los Consejos de administración de las empresas: deducción en la cuota íntegra del 10% de las retribuciones satisfechas a las consejeras.
  3. Impuesto sobre el Valor Añadido ("IVA"): Se reduce el IVA de los productos de higiene femenina (4%), de los servicios veterinarios (10%) y del libro, periódico y revistas electrónicas (4%).
  4. Sociedades Cotizadas Anónimas de Inversión en el Mercado Inmobiliarios ("SOCIMI").

    1. Se establece un gravamen especial del 15% sobre el importe de los beneficios obtenidos por la SOCIMI en el ejercicio que no sean objeto de distribución. Dicho gravamen tendrá la consideración de cuota del Impuesto sobre Sociedades.
    2. El gravamen especial se devengará el día del acuerdo de aplicación del resultado del ejercicio por la junta general de accionistas, u órgano equivalente, y deberá ser objeto de autoliquidación e ingreso en el plazo de dos meses desde la fecha de devengo.
  5. Impuesto sobre el Patrimonio ("IP"): Son dos las medidas que se introduces, (i) la elevación del tipo de gravamen aplicable al último tramo de la tarifa y (ii) el mantenimiento, con carácter indefinido de su gravamen, ambas medidas encaminadas a contribuir a las finanzas públicas.

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