En el Registro Oficial No. 379, de fecha viernes 30 de noviembre de 2018, se publicó la absolución de consulta resuelta por la Procuraduría General del Estado, ante el cuestionamiento realizado por el Municipio de Quito, sobre si las sanciones impuestas mediante ordenanza metropolitana contravienen el principio de tipicidad inmerso en el Código Orgánico Administrativo, que indica que las infracciones y sanciones administrativas son aquellas previstas en la ley.

El pronunciamiento resuelto por la Procuraduría, señaló que el principio de tipicidad desarrollado en el artículo 29 del Código Orgánico Administrativo, debe interpretarse en concordancia con las leyes y normas propias de los gobiernos autónomos descentralizados, que los habilitan a dictar normas de carácter general en materias de su competencia, siempre que se observen las normas de procedimiento para tal efecto.

Especialmente, para el Municipio de Quito, se aclaró que la Ley de Régimen para el Distrito Metropolitano de Quito, expresamente lo autoriza a dictar ordenanzas que regulen el régimen  en caso de infracciones a las normas distritales.

Es importante recalcar que la absolución de la consulta realizada, tiene el carácter de obligatorio y vinculante para el Municipio de Quito, en virtud de actuar como entidad pública estatal, de conformidad con el artículo 237 de la Constitución de la República del Ecuador.

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